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Editorial. La importancia de la regulación del Grado en Psicología

08/01/2019 | COMUNICACIÓN


El pasado 11 de diciembre tras innumerables reuniones, contactos y negociaciones con los Ministerios de Educación y Sanidad se publicó la Orden que regla el Título de Grado de Psicología.

La Ley de Salud Pública de 2011 preveía que la Orden que regularía el Máster de Psicología General Sanitaria estuviese publicada antes de seis meses, plazo que el Gobierno cumplió; mientras que para la regulación del Grado se preveía un plazo de un año. Han tenido que pasar más de siete largos años para que ésta regulación viera la luz.

La regulación del Grado de Psicología prevista en la Orden Ministerial no es tan completa como hubiésemos deseado, pero sin duda constituye un paso adelante muy importante.

Las profesiones en España, y en todo el marco de la Unión Europea, se dividen en dos grandes grupos:

- Profesiones reguladas; que tienen competencias profesionales (no confundir con los educativos) atribuidos por una ley. Este es el caso de las profesiones sanitarias, incluyendo la Especialidad de Psicología Clínica y el Máster General Sanitario; arquitectura, abogados, profesiones sanitarias, …

La Ley que crea una profesión debe establecer además la forma de acceso a la misma. La forma de acceso puede ser diversa, pero en el caso de las profesiones que nos ocupa suele ser a través de un Grado o un Máster. En estos casos, el Gobierno debe establecer los criterios a los que deben ajustarse los planes de acceso a esas profesiones. Podríamos decir que así se da una existencia “jurídica” a ese Grado o Máster.

- Profesiones no reguladas. No tienen competencias atribuidas y no tiene Orden que regulen sus grados o másteres. Podríamos decir que esos másteres o grados no existen “jurídicamente”, solo existen planes de estudio de las diversas universidades que se denominan, por ejemplo: Grado en Trabajo Social, en Criminología, en Sociología, en Educación Social, etc., pero no existe ninguna norma legal que diga lo que es o en qué consisten estos grados.

El caso del Grado en Psicología es especial, porque por sí mismo no es habilitante para una profesión, pero junto con el Máster en Psicología General Sanitaria, habilita para la profesión de Psicólogo General Sanitario, por ese motivo tiene que estar reglado.

¿Por qué es importante que el Grado esté reglado?

Aunque pueda sorprender a la mayoría, y aunque muchas veces la propia administración incumpla la ley, si un título no está regulado no puede exigirse como requisito para ninguna plaza pública. Por esta razón, la orden de la convocatoria PIR, hasta ahora exigía un título de grado en el ámbito de la Psicología, pero no podía especificarse que fuese el Grado en Psicología. Esta circunstancia ha hecho que pudieran presentarse Psicopedagogos a la convocatoria PIR, afortunadamente sin obtener plaza. A partir de ahora sí podrá especificarse el título de Grado en Psicología, una vez que las universidades adapten sus planes de estudio a la reciente Orden.

Por este mismo motivo el Colegio de Criminólogos ha recurrido la convocatoria de planes de psicólogos de instituciones penitenciarias, alegando que al no estar regulado el Grado en Psicología no podía exigirse como requisito y solicitando que se admitiese a los criminólogos a estas oposiciones.

Al tener regulado el Grado podremos defender con más argumentos jurídicos a la profesión y tendremos más armas para luchar contra el intrusismo y mejorar los servicios psicológicos para la sociedad.

Quedan retos por delante, pero hoy es un día para congratularnos todos.

Para más información pinchar aquí.

Fernando Chacón Fuertes

Decano del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid

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